LA FUNDACIÓN PARA EL DESARROLLO DE LA LIBERTAD CIUDADANA PRESENTA CONSIDERACIONES A LA CONTRALORIA SOBRE REFRENDO DEL HOSPITAL MODULAR

28 de Agosto de 2020

Versión PDF: Carta – Contralor General (Hospital Modular) 28AGO2020

Versión Blog:  Consideraciones al refrendo del Hospital Modular

NOTA DE PRENSA 

En el marco de la consulta ciudadana en línea abierta por la institución

Ciudad de Panamá, 28 de agosto 2020, 12:00 mediodía.

La Fundación para el Desarrollo de la Libertad Ciudadana entregó a la Controlaría General de la República la carta adjunta dirigida al Contralor y que contiene las consideraciones de la Fundación sobre aspectos jurídicos, procedimentales, de fiscalización y de integridad pública, en el marco de la consulta ciudadana abierta por la institución a través de la página web: https://www.contraloria.gob.pa/aporte-ciudadano.html cuyo formulario en línea solo ofrece un espacio de mil caracteres (aproximadamente dos párrafos) para presentar comentarios, por lo que la Fundación optó por enviar la referida misiva impresa.

Después de un análisis legal de la normativa vigente sobre las contrataciones públicas, que toma en cuenta el Estado de Emergencia, y de consideraciones de integridad pública sobre conflicto de intereses y la libre competencia, la Fundación recomienda al Contralor no refrendar el contrato del Hospital Modular y enviar nota al Ministerio Público para que inicie las investigaciones pertinentes y los responsables enfrenten sus responsabilidades.

En sus consideraciones, la nota señala las recomendaciones que la Fundación ha venido haciendo sobre las mejores prácticas de transparencia en las contrataciones públicas durante la emergencia, además de señalar inequivocamente que, en cuanto a los aspectos jurídicos, entre otras cosas:

 “En la legislación sobre contratación pública en Panamá, no hay posibilidad de convalidar esta omisión. No es posible la emisión de un refrendo luego de iniciada una obra, y menos, luego de terminada, ya que en este momento lo que se refrenda es la correspondiente cuenta a efecto de que el contratista pueda recibir su pago. El no otorgamiento del refrendo en su correspondiente momento, impidió que la Contraloría General de la República verificase si la contratación se realizó de acuerdo al valor de mercado, si la empresa cumplía con requisitos mínimos establecidos en la Ley sobre contratación pública, si la propuesta se correspondía con los términos mínimos de referencia, si la fianza cumple o no con los mínimos que señala la Ley (el artículo 79 exime de la presentación de fianza en caso de bienes consumibles como agua y alimentos, no a las obras), y la verificación extemporánea de todos estos aspectos, además de no tener sustento legal, representa un precedente negativo, que envía un pésimo mensaje a las instituciones públicas que están cumpliendo diligentemente con los procedimientos establecidos, aún en tiempos de pandemia”.

Sobre la integridad pública, posible conflicto de intereses y la libre competencia, la nota señala, entre otros aspectos que: 

“Adicionalmente de su condición de ser una obra que inicia sin el debido refrendo de la Contraloría General de la República, la contratación sin competencia real y el fundamente legal utilizado, hace cuestionable la contratación, que se agrava con el procedimiento de invitación subjetivo y discrecional de la autoridad. Como graves elementos adicionales consideramos la falta de transparencia en cuanto a los beneficiarios finales y la ausencia de monitoreo y prevención de los conflictos de intereses entre la autoridad y la empresa”.

La nota señala también que las consideraciones y comentarios presentados no son propios de una revisión o auditoria de ningún tipo del proceso particular, ya que ello implicaría una revisión integral de toda la documentación, que no ha sido puesta a disposición pública. Son comentarios de una organización no gubernamental, no de un grupo profesional contratado para una revisión o auditoria.

Culmina la nota señalando que:

“Recomendamos por tanto que la Contraloría respete la Ley y niegue el refrendo extemporáneo y envíe nota al Ministerio Público para que inicie una investigación. Cualquier otra fórmula salomónica que busque un escape por encima de la letra de la Ley y de los principios de la transparencia y la libre competencia, será catastrófica para la confianza ciudadana y como precedente legal en las contrataciones públicas” .

Adjunto: Carta enviada el día de hoy a la Contraloría General de la República.

Información adicional:

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